
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de los aceites de oliva producidos por las marcas “Cruz del Eje”, “La Costa” y “San Marcos”. La medida fue resultado de una investigación que constató que las empresas no habían registrado los productos conforme con lo establecido en el Código Alimentario Argentino (CAA).
Por medio de la disposición 8843/2023 publicada en el Boletín Oficial, el organismo oficializó la prohibición de la venta de los productos rotulados como: “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca Cruz del Eje, RNE 12008028 y RNPA 12005232″, “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca La Costa, RNE 12008028 y RNPA 12005232″ y “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca San Marco, Premium, RNE 12000380 y RNPA 12002208, elaborado y fraccionado en Av. San Francisco Km 5.5, La Rioja”, debido a que no contaban con registros sanitarios de establecimiento y producto.